Comprender la suspensión de las órdenes de captura
«Se requiere, para fabricar la paz, de la concurrencia de los hombres y mujeres que participan en el conflicto armado».
Germán Valencia
Instituto de Estudios Políticos
german.valencia@udea.edu.co
Con nueve frentes de paz y 27 grupos armados involucrados en la implementación de la política pública de Paz Total es cada vez más común encontrar que el Gobierno, en cabeza de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, le pida a la Fiscalía General de la Nación que emita resoluciones para suspender las órdenes de captura de las personas que integrarán las distintas mesas de negociación o espacios sociojurídicos de diálogo.
Esta suspensión de órdenes posibilita que las delegaciones del Gobierno se puedan sentar a conversar con los representantes de los grupos ilegales. Con el Ejército de Liberación Nacional y el Estado Mayor Central en mesas de negociación, y con las Estructuras Armadas Ilegales del Crimen Organizado de Alto Impacto (EACAI), como la Oficina o el Clan del Golfo -Ejército Gaitanista de Colombia-, en espacios de diálogo.
A pesar de la importancia de estos hechos para la construcción de la paz, entre sectores de la opinión pública la noticia prende las alarmas y genera algunas críticas. Para la ciudadanía resulta muy extraño que el Estado cese la persecución de personas que han cometido graves delitos, como los de atentar contra un presidente —como el caso de Iván Duque, el 25 de junio de 2021, en zona rural de Norte de Santander— o ser responsable de varios asesinatos.
A la gente también le inquieta que los criminales se movilicen libremente por el país, sin que las autoridades policiales y judiciales puedan capturarlos y procesarlos. No ven con buenos ojos que las personas que han realizado delitos se trasladen en camionetas blindadas operadas por las mismas autoridades que juraron castigarlos.
Ante esta razonable preocupación hay que decirle a la ciudadanía que debe ser consciente que con actos como estos se puede avanzar en la construcción de la paz. Para llegar a acuerdos con los grupos armados, ya sea de ceses al fuego, acciones humanitarias o fin del conflicto, se necesita de la participación de los ilegales.
Es decir, se requiere, para fabricar la paz, de la concurrencia de los hombres y mujeres que participan en el conflicto armado. Personas que, precisamente, debido a los hechos que cometen —como rebelarse contra el Estado, atacar a la Fuerza Pública o realizar acciones de terror como poner bombas, extorsionar y secuestrar— se dialogue con ellos, para que dejen de cometer más actos y adopten conductas propias de la vida civil.
En este sentido es normal que la Fiscalía levante las órdenes de captura de los criminales. Lo hace en virtud del acatamiento de la solicitud que le hace el presidente de la República y de las potestad que le otorga la ley. Según la Constitución Política, le corresponde al presidente, como jefe de Estado, buscar la paz —artículos 22, 83, 113 y 189—, y a la Fiscalía, suspender las órdenes de captura —artículo 250 de la misma norma y Ley 016 de 2014—.
De allí entonces que se debe ver como una situación razonable la emisión, por parte de la fiscal Luz Adriana Camargo, de la Resolución No 0364 del 20 de agosto de 2024, que suspende las órdenes de captura de Orozman Orlando Osten Blanco, alias “Rodrigo Flechas”, Luis Armando Pérez Castañeda, “alias Jerónimo”, Elkin Casarrubia Posada, alias “El Cura” y Luis Armando Pérez Castañeda, alias “Bruno” pertenecientes a la estructura armada criminal el Clan del Golfo o Ejército Gaitanista de Colombia (EGC).
Al igual que la suspensión de la orden de captura de Carlos Eduardo García Téllez, conocido como alias “Andrey Avendaño”, líder perteneciente a la facción liderada por alias “Calarcá” de las disidencias de las Farc o Estado Mayor Central (EMC). Quien asumirá en las próximas semanas la vocería de esta organización en sexto ciclo de diálogos.
Estas personas, al igual que otras que irán apareciendo en los próximos meses, son criminales buscados por la ley, pertenecientes a grupos armados ilegales, algunos de ellos ciudadanos que se desmovilizaron, pero luego volvieron a tomar las armas. A pesar de esta situación, también son personas comprometidas con la salida negociada del conflicto y que requieren de condiciones para integrar las mesas de diálogo o los espacios de conversación.
En conclusión, dada la gran cantidad de actores que vienen involucrándose en la política pública de Paz Total que propone el gobierno de Gustavo Petro, con la que busca involucrar a todos los grupos armados en la construcción de paz, debe esperarse la aparición de nuevas resoluciones de la Fiscalía donde se suspendan las órdenes de captura y se generen las condiciones para muchos de los líderes de las organizaciones armadas criminales participen en las conversaciones de paz.
Finalmente, esto no significa que el Estado y su sistema de justicia haya perdonado y olvidado los graves hechos cometidos por los líderes negociadores, ni tampoco que se les esté autorizando el cometimiento de otros delitos en medio de la suspensión. La Fiscalía aclara que se castigará cualquier “situación de flagrancia respecto de conductas delictivas que constituyan graves violaciones de los derechos humanos, incluidas el secuestro y la extorsión, e infracciones al Derecho Internacional Humanitario”.
*Esta columna es resultado de las dinámicas académicas del Grupo de Investigación Hegemonía, Guerras y Conflicto del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad de Antioquia.
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