De Clan del Golfo a Ejército Gaitanista de Colombia
Con la Resolución 294 de 2025, el Gobierno no solo rebautizó al Clan del Golfo como Ejército Gaitanista de Colombia; lo más trascendental fue reconocerlo oficialmente como Grupo Armado Organizado (GAO). Un paso que redefine el lugar de esta estructura en el conflicto y abre nuevas rutas —y exigencias— en la negociación de la paz.
Germán Valencia, Instituto de Estudios Políticos Universidad de Antioquia
De manera oficial, con la Resolución número 294 del 5 de septiembre de 2025, el Ministerio del Interior de la República de Colombia reconoció al Clan del Golfo como un Grupo Armado Organizado (GAO). Además, aprovechó la norma para cambiar la denominación y dejar de llamarlo Clan del Golfo para reconocerlo ahora como Ejército Gaitanista de Colombia (EGC).
De las dos acciones, la más importante para el Gobierno y la ciudadanía es la primera, pues el estatus de GAO no estaba tan claro para el país. Se tenía dudas si la agrupación armada era una organización al margen de la ley, con la que se podía negociar la paz y abrir mesas, o una estructura del crimen de alto impacto, con la que se podría concertar un espacio socio jurídico para el sometimiento a la justicia.
Ahora, con la resolución, queda claro que esta agrupación es un GAO, el cual, según la Ley 1908 de 2018, art. 2, se caracteriza por tener dirección de un mando responsable y ejerce un control sobre una parte del territorio, lo que le permite realizar operaciones militares sostenidas y concertadas. Por tanto, se le puede vincular de forma efectiva con el cumplimiento o desconocimiento del Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Es decir, de ahora en adelante —o al menos durante el tiempo que tenga vigencia la resolución— el Estado colombiano y las organizaciones internacionales defensoras de derechos humanos, podrán exigirle al EGC la protección especial de la sociedad civil en medio del conflicto. Además, ante un eventual acuerdo con este ejército, la protección de los combatientes en el tránsito al Estado de derecho. Lo cual es un buen avance en materia de negociación de la paz.
Pero, como se advierte, para otros sectores lo significativo de la resolución no fue este reconocimiento como GAO, sino que de manera implícita la resolución nombrara a la estructura armada ilegal como EGC y no como el Clan del Golfo. Como si el cambio de denominación fuera lo importante y no el reconocimiento como GAO.
Esta nueva denominación debe leerse como un simple pero importante gesto de cordialidad del Gobierno nacional con la estructura armada. Desde hace meses, este actor ilegal buscó que se le llamase en público de otra manera. En el Comunicado Público del 7 de noviembre de 2024, la dirigencia de la organización le exigió a la sociedad que le llamase como EGC. Incluso amenazó con agresiones a los que no lo hicieran.
Lo que hizo el Gobierno con la resolución fue aceptar —como lo ha hecho con otras organizaciones, caso disidencias de las Farc que hoy se llaman Estado Mayor Central de las Farc— la autodenominación y el reconocer públicamente el acto del bautizo. Este es un gesto de buena voluntad del Gobierno, con el que busca avanzar en el desarrollo del proceso de paz que hoy se lleva a cabo en uno de los estados Árabes.
Hay que decir que para el Gobierno no era difícil aceptar esta petición, tal vez informal, que le hizo la organización armada. Cambiarle el nombre ha sido una constante, recordemos que antes las autoridades lo llamaban el Clan Úsuga y luego Los Urabeños, pero debido a la connotación negativa de las familias que llevaban el apellido o los habitantes del territorio, decidió usar el nombre de Clan del Golfo.
En conclusión, con la resolución, el Gobierno nacional da un paso más en avanzar en la construcción de la paz. Reconoce a, tal vez, la organización armada más grande del país como GAO y además le concede el derecho a llamarse con otro nombre. Estos dos hechos son importantes para el país, en la medida que se acerca cada vez más la instalación formal de un espacio socio-jurídico para el sometimiento a la justicia de esta importante estructura.
Además, se avanza en dejar claro las clasificaciones de las organizaciones armadas ilegales. Esto le permitirá al país, luego de aprobar la ley de sometimiento que hoy se discute en el Congreso de la República y de que se avance en la instalación del espacio socio-jurídico, establecer acuerdos para exigir al grupo armado “el respeto, la garantía y la protección de los derechos humanos” (art. 1 de la Resolución No 294) y así continuar poniendo en el centro a la población civil y a las víctimas del conflicto.
*Esta columna es resultado de las dinámicas académicas del Grupo de Investigación Hegemonía, Guerras y Conflicto del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad de Antioquia.
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