El diablo está en los detalles

Feb 16, 2024 | Columnas de Opinión

El diablo está en los detalles y mucho me temo que realmente no se ha llegado a un acuerdo definitivo y operativo de la suspensión de los secuestros.

Álvaro Rodríguez Pastrana

Profesional en Relaciones Internacionales y Estudios Políticos con Maestría en Educación. Asesor en la Unidad Especial de Paz de la Universidad de Antioquia.

alvaro.rodriguezp@udea.edu.co

Ya hemos dicho, hasta volverlo en un lugar común en los análisis, que los mayores avances de este proceso de diálogo entre el Estado colombiano y el ELN, son el Acuerdo sobre el proceso de participación de la sociedad (que implementa los puntos 1 y 2 y, parcialmente, el punto 3 del Acuerdo de México) y el Acuerdo sobre el cese al fuego bilateral, nacional y temporal CFBNT.

Sin embargo, las dinámicas de implementación de estos dos acuerdos han estado determinadas por las tensiones que ha atravesado la Mesa de diálogos. La tensión más reciente, de mayores implicaciones, fue el secuestro del señor Luis Manuel Díaz por 13 días. El secuestro y todo el vértigo de situaciones que se derivaron de esta, implicó la determinación del gobierno de exigir al ELN la suspensión del secuestro y la consecuente interrupción de las actividades del CNP (tema que, sin duda merece su propia reflexión).

Desde allí y hasta la fecha, lo que incluye dos ciclos de negociación, la Mesa de diálogos se ha reducido a la mínima expresión del regateo para lograr un acuerdo que reactive la negociación sobre los temas de la agenda y la implementación de los acuerdos suscritos hasta la fecha (sobre los cuales, vale la pena advertir, solamente se avanza de forma considerable, en el proceso de participación y el cese el fuego).

Los ciclos quinto y sexto se concentraron en discutir la forma del acuerdo sobre la suspensión del secuestro, en donde, sin duda, las condiciones del ELN hicieron que el asunto absorbiera todo el tiempo y energía de las conversaciones. Al termino del quinto ciclo en México, las partes comunicaron haber llegado a un acuerdo al respecto, definido en el acuerdo No. 16, en los siguientes términos “anunciar públicamente la decisión del ELN de suspender las retenciones con fines económicos, según la denominación del ELN, ligada a la prórroga del CFBNT que se hará efectiva el 30 de enero del 2024”. El acuerdo establece, además, que dicha suspensión se incorporará en el Protocolo de acciones específicas del CFBNT que será prorrogado.

Sin embargo, el 30 de enero (fecha en la que expiraba el plazo inicial del CFBNT) y en la cual debía entrar en vigencia un acuerdo sobre prorrogación, no se había llegado un acuerdo al respecto (en la medida que implicaba la incorporación de la suspensión de los secuestros) y por lo tanto se anunció (desde el 29) una prórroga hasta el 5 de febrero, en la que se anuncia, además, que proseguirán con la evaluación del CFBNT. La inferencia más obvia es que no había acuerdo sobre la suspensión del secuestro, como parte de la mencionada prórroga y por lo tanto se anunció apenas una prórroga transitoria.

El 5 de febrero, al cierre del sexto ciclo se anunció, junto con otra serie de variados acuerdos, la prórroga del CFBNT por 180 días, en la que se incluye la disposición del ELN “para contribuir al CFBNT” de suspender de forma unilateral y temporal las retenciones de carácter económico. Entre los otros acuerdos anunciados están, los que, a mi parecer, fueron las condiciones del ELN para suspender el secuestro: el acuerdo sobre la creación de un fondo multidonante y el acuerdo sobre creación del observatorio sobre las formas del paramilitarismo (anunciado durante el sexto ciclo, pero como parte de los acuerdos del ciclo anterior).

Sin embargo, la actualización del protocolo de acciones específicas (anunciado también al cierre del sexto ciclo), que hace operativo el acuerdo de suspensión de secuestros, en la medida que lo incorpora formalmente a los términos del CFBNT y, a partir de allí a los procesos de seguimiento del MMV, no incluyó explícitamente esta está acción como una de las aplicables por las partes en cumplimiento del acuerdo del CFBNT. Lo que si incluye la nueva versión de este protocolo es la siguiente, ambigua y sospechosa, adición: “lo no incluido se seguirá analizando en la Mesa, con el propósito de llegar a una conclusión conjunta, que permita su inclusión en el mandato de MMV.

El diablo está en los detalles y mucho me temo que realmente no se ha llegado a un acuerdo definitivo y operativo de la suspensión de los secuestros. Creo que las delegaciones están jugando con fuego. Ante el menor impasse, va a quedar en evidencia que engañaron a la opinión pública con el anuncio de un acuerdo que no está completamente formalizado y por lo tanto el ELN no está obligado a cumplir, aún cuando la sociedad lo entiende como un compromiso adquirido.

Es un asunto apenas obvio, la estabilidad del proceso depende, entre otros factores, de la legitimidad y credibilidad que las partes logren consolidar con la sociedad en torno a él y por lo tanto el riesgo al que las delegaciones están sometiendo al proceso es muy alto.

Está breve crónica de regateo y sospechas sobre un acuerdo para definir la suspensión de los secuestros, no solo pone evidencia, una vez más, la complejidad de concretar una posibilidad real de negociar la solución del conflicto con el ELN y lo vulnerable que dicha complejidad hace a cualquier intento. Por ahora, lo razonable, es que las partes subsanen la vulnerabilidad en la que tienen, conscientemente, al proceso.

*Las opiniones expresadas en esta publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona que ha sido autora y no necesariamente representan la posición de ISEGORÍA al respecto.