Las sentencias de la JEP: su significado e impacto en la construcción de paz
Las primeras sentencias de la JEP no solo sancionan a responsables del conflicto armado, sino que abren un nuevo capítulo en la justicia colombiana. En ellas, la reparación, la memoria y la verdad se convierten en el camino para reconstruir el país desde las aulas y los territorios.
Redacción Unidad Especial de Paz
En el auditorio Gerardo Molina de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, se reunieron académicos, estudiantes y magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para reflexionar sobre el significado de las primeras sentencias emitidas por el tribunal transicional y su impacto en la construcción de paz. El encuentro, organizado por la Universidad Nacional, la Universidad de Antioquia y la JEP, buscó acercar a la ciudadanía al contenido y alcance de las decisiones judiciales que marcan un hito en la historia reciente del país.
Las discusiones giraron en torno a dos fallos históricos presentados en el 16 y 18 de septiembre de 2025 respectivamente: el macrocaso 01, sobre los secuestros cometidos por la antigua guerrilla de las FARC-EP, y el macrocaso 03, sobre los asesinatos y desapariciones presentados como bajas en combate por integrantes del Batallón La Popa, en el Cesar y La Guajira. Ambos casos representan la primera materialización del modelo de justicia restaurativa previsto en el Acuerdo Final de Paz de 2016.
“El país ha vivido más de cinco décadas de conflicto armado, y sin justicia no hay paz”, afirmó el magistrado Camilo Andrés Suárez Aldana, de la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP. Recordó que el tribunal es fruto de un acuerdo político que incorporó un nuevo paradigma judicial centrado en la verdad, la reparación y la dignificación de las víctimas, más que en la retribución o la venganza. “Es una justicia que coloca en el centro a las víctimas, que busca visibilizarlas, dignificarlas y restaurar el daño causado”, explicó.
Suárez detalló que las sentencias responsabilizan a los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad y de guerra, y establecen patrones criminales que permiten comprender las dinámicas del conflicto. En el caso 01, la JEP determinó que las FARC secuestraban con tres fines de obtener recursos, lograr canjes de prisioneros y ejercer control territorial. En el caso 03, se demostró la connivencia de la Fuerza Pública con grupos paramilitares y el reclutamiento de civiles para presentarlos falsamente como guerrilleros muertos en combate.
Por su parte, el magistrado auxiliar Javier Hernán Tovar Maldonado, también de la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, subrayó que los procesos demostraron que la justicia restaurativa sí es posible incluso frente a violaciones masivas de derechos humanos. “Es posible hacer justicia restaurativa en casos de crímenes graves si se garantiza la participación activa de las víctimas”, señaló. Según explicó, la sentencia del subcaso La Popa documenta 135 asesinatos cometidos entre 2002 y 2005, en los que se acreditó responsabilidad de 12 exmilitares. El fallo también reconoció daños colectivos a comunidades indígenas Wiwa y Kankuamo, así como afectaciones psicosociales, familiares y territoriales.
Ambos magistrados coincidieron en que las sanciones propias, que sustituyen la prisión por trabajos, obras o actividades con contenido reparador, constituyen una apuesta sin precedentes en el derecho comparado. Los comparecientes cumplirán penas de cinco a ocho años de restricción de derechos y libertades mientras ejecutan proyectos restaurativos diseñados con participación de las víctimas, como la construcción de mausoleos, centros culturales, procesos de búsqueda de desaparecidos, desminado humanitario y restauración ambiental.
“La sanción propia no busca castigar, sino reconstruir el tejido social y garantizar que estos hechos no se repitan”, afirmó Suárez. Las medidas serán supervisadas por la JEP, la Misión de Verificación de Naciones Unidas y las comunidades afectadas.
Durante el conversatorio, los magistrados respondieron también a quienes acusan a la JEP de favorecer la impunidad. “Colombia ha tenido históricamente un 94% de impunidad en los crímenes del conflicto. Este modelo, por el contrario, ofrece respuestas concretas que la justicia ordinaria nunca logró”, señaló Suárez, recordando que por primera vez los máximos responsables —tanto excomandantes de las FARC como militares— reconocen sus crímenes frente a las víctimas y al país.
El espacio fue moderado por Mary Luz Alzate Zuluaga, vicerrectora de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, y Max Yuri Gil Ramírez, director del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad de Antioquia. Ambos coincidieron en que la pedagogía sobre la justicia transicional es fundamental para comprender el alcance de las sentencias. “La paz no se limita a la ausencia de violencia”, dijo Alzate. “Exige verdad, reparación y memoria. Y eso es precisamente lo que estas decisiones empiezan a construir”.
¿Qué son las sanciones propias de la JEP y por qué son relevantes?
La Jurisdicción Especial para la Paz define tres tipos de sanciones para los responsables de los crímenes más graves del conflicto: propias, alternativas y ordinarias. Las sanciones propias se aplican a quienes reconocen responsabilidad y aportan verdad plena, detallada y exhaustiva ante la Sala de Reconocimiento. Su objetivo es reparar y restaurar a las víctimas mediante acciones concretas, no castigar mediante prisión. Según la JEP, estas sanciones tienen una duración de 5 a 8 años, incluyen restricción de derechos y libertades, y se cumplen mediante Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador o Restaurador (TOAR).
Las sanciones se construyen de manera participativa entre comparecientes, víctimas y comunidades, e incluyen proyectos de memorialización, búsqueda de desaparecidos, desminado humanitario y restauración ambiental. No implican impunidad: quienes no reconozcan verdad ni responsabilidad enfrentan penas de prisión de 15 a 20 años.
El cumplimiento de las sanciones propias es verificado por la JEP, la Misión de Verificación de las Naciones Unidas y la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción, además de las comunidades víctimas que actúan como veedoras directas. De acuerdo con la Misión de la ONU, este modelo “busca garantizar la reparación, la reconciliación y la no repetición, ofreciendo a las víctimas una forma efectiva de justicia centrada en la dignidad humana”.